SIPLA significa Sistema Integral para la Prevención del Lavado de Activos. Es el marco de prevención de riesgos exigido para las personas naturales y jurídicas del sector aduanero, cambiario y de comercio exterior vigiladas por la DIAN.
Normativa:
El marco normativo del SIPLA se articula entre la regulación aduanera y la de inteligencia financiera: la Circular Externa 0170 de 2002 de la DIAN, complementada por el Oficio DIAN 36307 de 2015, establece la obligación preventiva de diseñar e implementar el sistema y su manual de procedimientos para los operadores del sector aduanero y cambiario. A esta normativa se adiciona la Ley 1121 de 2006 y la Resolución 285 de 2007 que normatizan el reporte directo de operaciones sospechosas y transacciones en efectivo. Este esquema técnico se modernizó mediante la Resolución 212 de 2009 al introducir la plataforma web SIREL e incorporar el reporte obligatorio de ausencias, e integró su periodicidad mediante la Resolución 17 de 2016 de la UIAF, la cual estandarizó la entrega de reportes (tanto de transacciones/operaciones como de ausencia) a una periodicidad estrictamente mensual dentro de los primeros 10 días calendario del mes siguiente. Encuentra normatividad y mas recursos en la pagina de la UIAF
A quien aplica:
El alcance del SIPLA aplica a:
- Depósitos públicos/privados.
- Sociedades de Intermediación Aduanera (SIA)
- Sociedades portuarias
- Usuarios de zonas francas
- Empresas transportadoras
- Agentes de carga internacional
- Usuarios Aduaneros Permanentes (UAP)
- Usuarios Altamente Exportadores (ALTEX) y
- Profesionales del cambio de divisas
Además, el SIPLA debe contar con componentes para su adecuado funcionamiento, entre los cuales se encuentran:
- Manual de procedimientos SIPLA (aprobado explícitamente por la junta directiva u órgano de administración equivalente).
- Proceso de Debida diligencia: para realizar el pleno conocimiento de los terceros con los que se tiene relaciones comerciales.
- Matriz de riesgos: Herramienta para dar un adecuado control y seguimiento a los riesgos identificados.
- Un oficial de cumplimiento: que es el responsable del sistema, y es la encargada de hacer gestión del mismo.
Si necesitas implementar el SIPLA o contratar con un oficial de cumplimiento para este sistema, no dudes en contactarnos para una asesoría personalizada.
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